Las tres maneras en las que ofenden a Dios: con el pensamiento, con las palabras y con las obras. Y de tres modos satisfacen a la Divina Justicia aquellos que se convierten: con la contrición del corazón, con la confesión de la lengua y con la satisfacción de las obras. Estos son los tres testigos autorizados, a quienes en el foro celestial se da fe para admitir la penitencia de un pecador como verdadera. Y se requiere que los tres sean concordes. Es verdad que dos son requisitos esenciales, y estos son la contrición y la confesión. El tercero, solamente como integral, es la satisfacción. Estas son también las tres partes que os pertenecen a vosotros como penitentes, y por eso os las iré declarando en la instrucción presente. Pero para mayor facilidad, las distinguiré de esta forma: en lo que se debe hacer antes de la confesión, en lo que se debe hacer en la confesión, y finalmente, en lo que se debe hacer después de la confesión.
Comenzando, pues, por lo que se debe hacer antes de la confesión: ante todas las cosas, es menester pensar en el examen de conciencia, sumamente necesario para poder dar en este tribunal las debidas informaciones, supuesto que aquí el penitente, que es como el reo, ha de hacer juntamente las partes de acusador contra sí mismo y de testigo. Es, pues, el examen de conciencia una pesquisa particular de nuestras acciones, instruida para hallar nuestras culpas, detestarlas y borrarlas por medio de la confesión sacramental. En este examen se falta por dos extremos
."
Comentarios
Publicar un comentario